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Política.

Caso Leopoldo López  presenta irregularidades procesales.

Trece años y nueve meses es la condena que se determinó en el juicio de sentencia que se le realizó a Leopoldo Eduardo López Mendoza, líder político venezolano y opositor del gobierno Chavista.

 

 

 

 

 

                                                                                                   

 

                                                                                                        

                                                                                                     

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El proceso judicial  presenta irregularidades  procedimentales relacionadas con la injustificada detención, el día 18 de Febrero de 2014,  con orden de aprehensión sin investigación previa, pues según la Ley Venezolana se establece que la persona puede ser detenida en flagrancia  del delito o luego de que la fiscalía haya encontrado suficientes evidencias probatorias que lo señale como responsable de las acusaciones que se le imputan, circunstancias que no sucedieron en el caso del dirigente Leopoldo López.

Otro factor que evidencia los errores en el proceso tienen que ver con las competencias jurisdiccionales de los tribunales, en los que claramente se observa que la primera audiencia se llevó a cabo en la cárcel de Ramo Verde, en los Teques, la que debió efectuarse en la sede del tribunal 28 de juicio del área Metropolitana de Caracas.

 

Ante dicha situación se manifestó el abogado del líder detenido, Juan Carlos Gutiérrez. “Pudo haber venido cualquier juez del país y ordenar la audiencia en una playa o la montaña, totalmente fuera de lo que establece la ley. Lo denunciamos, pero todas las autoridades dijeron que era legítimo”.

 

El rechazo de las pruebas adjuntadas por la defensa de López, las cuales fueron desestimadas por la jueza Susana Barreiros, como elementos de prueba para fundamentar los argumentos de los abogados defensores: testimonios de los testigos a  favor, videos, cartas  y  mensajes de redes sociales. Lo anterior y la terminación  intencional  del plazo para la entrega de las pruebas, por parte del Tribunal,  conlleva  a la  defensa a elevar su queja ante la Corte de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Justicia, con el propósito de exigir que se admitan las pruebas.

 

En contraste, la jueza Susana Barreiros aceptó a la Fiscalía un listado con 108 testimonios en contra de Leopoldo López y uno a favor del mismo, detalle que llamó la atención a la defensa, sin embargo,  algunos de los testigos adujeron haber actuado por su cuenta, versiones que favorecieron a López y a cuatro estudiantes que están siendo juzgados junto a él.

 

Respecto a la celebración de las audiencias de juicio en Venezuela, el marco jurídico de ese país establece que estas deben ser orales y públicas, cosa que no se cumplió, restringiendo el acceso al público, con excepciones de familiares, periodistas, observadores internacionales y diplomáticos.

 

Texto: Emilsen Ocampo Arenas.

Leopoldo López. Foto ntn24.com

Foto. elnuevoheraldo.com

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